Abogado de ambiente laboral hostil en Los Angeles

Mercer Legal Group representa a empleados de Los Angeles y de California en reclamos por ambiente laboral hostil bajo la FEHA y el Título VII. “Ambiente laboral hostil” es un término legal con un significado más estrecho que el de uso cotidiano; podemos ayudarle a entender si su situación cumple con el estándar que usa la ley.

Nuestro compromiso con usted

Qué significa realmente un ambiente laboral hostil en la ley de California

“Ambiente laboral hostil” es una frase que la gente usa de forma amplia para describir un trabajo que se volvió desagradable. La versión legal es más estrecha y específica. Un lugar de trabajo se vuelve legalmente hostil cuando la conducta es lo bastante grave o generalizada como para cambiar las condiciones del empleo y esa conducta está vinculada a una característica protegida o a una actividad protegida en la que participó el empleado. Deben estar presentes ambas partes. Una conducta grave o generalizada que tiene que ver solo con la personalidad, con disputas de desempeño o con un jefe difícil por lo general no cumple con el estándar legal, aun cuando el lugar de trabajo de verdad se sienta mal. La conducta con conexión —comentarios, bromas, exclusión o acoso vinculados a la raza, el género, la edad, la discapacidad, la religión, el origen nacional, la orientación sexual, la identidad de género, el embarazo o una queja que el empleado presentó— sí puede cumplirlo.

Mercer Legal Group se enfoca en reclamos por ambiente laboral hostil vinculados a una característica protegida o a una actividad protegida. Por lo general no atendemos el hostigamiento común (bullying), los conflictos de personalidad ni el estrés laboral cuando no existe una conexión legal protegida.

Cuándo suele cumplirse el estándar

Insultos, bromas o comentarios repetidos vinculados a una característica protegida, que se permitió que continuaran después de que el empleado se opuso. Conducta sexual, insinuaciones o atención no deseada de forma reiterada que el empleador no detuvo. Conducta física, intimidación o amenazas vinculadas a una clase protegida. Exclusión de reuniones, proyectos u oportunidades por motivos de clase protegida. Conducta que empeoró después de que el empleado se quejó de discriminación o acoso. Un patrón de comentarios o de trato del que se informó al empleador y que este no atendió. Un solo incidente grave —una agresión, un insulto extremo frente a otros o una insinuación sexual ligada a una decisión laboral— puede bastar por sí solo. La conducta menos grave por lo general tiene que ser reiterada.
Los Angeles area where Mercer Legal Group serves California employees

Cómo protege la ley de California a los empleados

La ley de California sobre ambiente laboral hostil protege a los empleados en Los Angeles y en todo el estado, y por lo general es más amplia que la ley federal. La FEHA prohíbe el acoso por ambiente laboral hostil vinculado a cualquier característica protegida por parte de empleadores con uno o más empleados en los reclamos por acoso. Los empleados tienen tres años para presentar el reclamo ante el Departamento de Derechos Civiles de California (CRD). El Título VII, protección federal, se aplica a empleadores con 15 o más empleados, con plazos ante la EEOC de 180 a 300 días en California. El deber del empleador bajo la FEHA es tomar todas las medidas razonables para prevenir y atender el acoso. Una respuesta deficiente a una queja puede, por sí sola, generar responsabilidad. La FEHA §12940(h) prohíbe las represalias contra los empleados que reportan o se oponen al acoso. El estándar es el mismo ya sea que el acoso provenga de un supervisor, de un compañero o de un tercero que el empleador pueda controlar.

Qué compensación o remedios podrían estar disponibles

Cuando los hechos respaldan un reclamo por ambiente laboral hostil, los remedios disponibles pueden incluir:

  • Salarios y prestaciones perdidos, incluidos los daños por despido constructivo (constructive discharge) cuando el empleado se vio forzado a renunciar
  • Daños por angustia emocional
  • Reincorporación o salarios futuros
  • Honorarios y costos de abogado bajo la FEHA
  • Daños punitivos en casos con malicia u opresión

Cada caso es distinto y ningún abogado puede garantizar un resultado específico.

Qué hacer si cree que su lugar de trabajo es hostil

  1. Documente el patrón. Cada incidente importa menos que el patrón. Fechas, qué se dijo o se hizo, quién estuvo presente, cómo respondió usted y si la conducta continuó.
  2. Anote la conexión con una clase protegida. Si la conducta estaba ligada a quién es usted o a una queja que presentó. Esta es la pieza que determina si la ley aplica.
  3. Repórtelo por escrito si es seguro hacerlo. Un correo breve o una queja ante Recursos Humanos deja constancia que el empleador no podrá negar haber recibido. Guarde una copia.
  4. Hable con un abogado antes de renunciar o firmar una indemnización. Los reclamos por despido constructivo dependen de lo que el empleado intentó antes de renunciar, y las renuncias de indemnización a menudo ceden reclamos valiosos.

Cómo ayuda Mercer Legal Group

Nuestros abogados de ambiente laboral hostil en California analizan los hechos, determinan si el caso cumple con el estándar de la FEHA y buscan los remedios disponibles cuando los hechos lo permiten. Cuando los hechos no encajan, se lo decimos en la primera llamada. Los casos se manejan con honorarios por resultado (contingencia), sin costo inicial. Desde la primera llamada habla con un abogado sénior.

Cuándo no suele cumplirse el estándar. Algunos escenarios que muchas veces no respaldan un reclamo por ambiente laboral hostil: un gerente exigente o difícil cuya conducta no tiene conexión con una clase protegida; disputas de desempeño, amonestaciones o desacuerdos de horario cuando la conducta no está ligada a una característica protegida; conflictos de personalidad; estrés laboral general sin vínculo con una clase protegida; comentarios groseros aislados que no forman parte de un patrón. Si su situación encaja con estas descripciones, la ley por lo general no ofrece un remedio.
Mercer Legal Group se enfoca en reclamos por ambiente laboral hostil vinculados a una característica protegida o a una actividad protegida. Por lo general no atendemos el hostigamiento común (bullying), los conflictos de personalidad ni el estrés laboral cuando no existe una conexión legal protegida.
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Preguntas frecuentes

El ambiente laboral hostil es un estándar legal, no una etiqueta general para un trabajo desagradable. A continuación están las preguntas que más nos hacen los clientes.

Por lo general no. La ley de California exige que la conducta esté vinculada a una característica protegida —raza, género, edad, discapacidad, religión, origen nacional, embarazo, orientación sexual, identidad de género— o a una actividad protegida. Un jefe difícil en un lugar de trabajo en California, sin un vínculo con una clase protegida, por lo general no cumple con el estándar de la FEHA, aun cuando el lugar de trabajo en Los Angeles de verdad se sienta hostil.

Los tribunales de California analizan la totalidad de las circunstancias: la frecuencia, la gravedad, si fue físicamente amenazante o humillante y si interfirió con el trabajo del empleado. Un solo incidente grave puede bastar bajo la FEHA; la conducta de menor gravedad por lo general tiene que ser reiterada y persistente. Los jurados de Los Angeles sopesan el patrón completo, no los comentarios aislados.

Sí. Los empleadores de California tienen el deber afirmativo, bajo la FEHA, de tomar medidas razonables para prevenir y atender el acoso. Una respuesta deficiente o inexistente ante una queja creíble en un lugar de trabajo de Los Angeles puede respaldar la responsabilidad del empleador y también puede sustentar un reclamo aparte por represalias si se castigó al empleado después de reportar.

Es posible, bajo la doctrina de despido constructivo (constructive discharge) de California. Si una persona razonable en el mismo lugar de trabajo de Los Angeles se hubiera sentido forzada a renunciar, la ley de California trata esa renuncia como un despido por parte del empleador para efectos de los daños. Los casos de despido constructivo dependen de lo que el empleado intentó antes de renunciar.

Para los reclamos bajo la FEHA, tres años desde el último acto del patrón para presentarlos ante el Departamento de Derechos Civiles de California (CRD). Los reclamos federales bajo el Título VII tienen plazos más cortos ante la EEOC, a menudo 300 días en California. Para los patrones continuos en lugares de trabajo de California, la doctrina de la “violación continua” (continuing violation) puede extender el plazo.

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Si el acoso en su trabajo está vinculado a una característica protegida —raza, género, edad, discapacidad, religión, origen nacional, embarazo, orientación sexual o identidad de género— o a una queja que usted presentó, comuníquese con Mercer Legal Group para una evaluación gratuita y confidencial de su caso. Comunicarse con nosotros no crea una relación abogado-cliente.

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